Fiscalizan estaciones de radio y televisión ilegales que usurpan el uso del espectro radioeléctrico
El Director de Telecomunicaciones, Ing. Bertoni Gutiérrez Rodríguez, puntualizo que la prestación ilegal del servicio de radiodifusión constituye el delito de hurto agravado del espectro radioeléctrico, previsto en el Código Penal y sancionado con pena privativa de la libertad de hasta seis años. Además, se castiga con el pago de una multa que va desde los S/ 132. 440 soles hasta los S/ 220. 000. Soles. Asimismo, con respecto a los trabajos de fiscalización del uso del espectro radioeléctrico, en estaciones de radio y televisión ilegales, el equipo técnico y área legal de la Dirección de Telecomunicaciones realiza las visitas a los centros poblados y los distritos de las 5 provincias Abancay, Aymaraes, Antabamba, Cotabambas y Grau, para concientizar y dialogar con las autoridades, sobre la importancia de la formalización de los medios de comunicación con equipos homologados por el MTC. Índico además que es importante señalar que, el uso indebido de las señales radioeléctricas degrada la calidad de los servicios de telecomunicaciones que reciben los ciudadanos, constituye delito e infracción administrativa y puede poner en peligro la vida de los ciudadanos al interferir en las comunicaciones aeronáuticas. Del mismo modo, es importante resaltar que la contratación de espacios para la transmisión de mensajes publicitarios e institucionales a través de estaciones de radiodifusión ilegal constituye infracción administrativa, que está tipificada como grave y sancionada con el pago de una multa que va desde los S/ 44 440 hasta los S/ 132 000. Finalmente, los operativos realizados son de manera constante por la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones del MTC y se coordinan con el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú.